martes, 4 de julio de 2023

CRONOLOGÍA DE LA CREACIÓN DE NAYARIT COMO ESTADO LIBRE Y SOBERANO.

 


Por Hist. Gregorio Miranda Navarrete y complementada por Raúl A. Méndez-Lugo.


Marcelino Cedano, Cristóbal Limón y Juan Espinosa Bávara

Al llamado del primer Jefe Constitucionalista, don Venustiano Carranza, para nombrar diputados al Congreso Constituyente de Querétaro, los tepiqueños respondieron al elegir a sus tres representantes (Juan Espinosa Bávara, Marcelino Cedano y Cristóbal Limón) que entre una de sus misiones era el de lograr que el Territorio de Tepic fuera elevado a la categoría de estado libre y soberano. En Querétaro contarían con la presencia de otros tres oriundos del territorio de Tepic, pero que fueron en representación de Jalisco (Esteban Baca Calderón), de Sinaloa (Andrés Magallón) y de Michoacán (Rafael Márquez).


 
Venustiano Carranza fue quien impulsó el proyecto de creación de Nayarit como estado libre y soberano, propuso la reforma del artículo 43 de la Constitución para que se aprobara la creación del estado de Nayarit y sus límites territoriales.

 El 27 de diciembre de 1916 se dio lectura al dictamen que modificaba el artículo 43, que decía:

 “No habiendo inconveniente, a juicio de la Comisión, en que se considere como estado al Territorio de Tepic, se permite proponer a esta Honorable Asamblea, la aprobación del artículo 43 en los siguientes términos:

 “Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los estados de ... (aquí se enumeran los demás estados existentes en 1916) y Nayarit.”

 Y la aprobación del artículo 43 se deriva automáticamente el Artículo 47, enunciando qué:  “El estado de Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende ahora el territorio de Tepic”.

 El 26 de enero de 1917 fue aprobada la propuesta por 153 votos a favor y 4 en contra, con efectos a partir del primero de mayo del mismo año.

 Se tiene como hecho objetivo y cierto, qué en el proyecto de Constitución presentado por el primer jefe del ejército constitucionalista, Venustiano Carranza, el 1o. de diciembre de 1916, venía considerada la propuesta de incorporar a Nayarit como parte de la federación suprimiendo su condición de territorio federal.


 Esa propuesta fue discutida y aprobada en el dictamen del artículo 43, dictamen como ya se mencionó, se aprobó con fecha 26 de enero de 1917, suscrito por los constituyentes Paulino Machorro Narváez, Arturo Méndez, Hilario Medina y Heriberto Jara, importante mencionar que consta la existencia de un memorial del C. Tobías Soler, pidiendo que el nuevo estado de Nayarit se llame de Carranza, petición que no prosperó quedando el nombre de Nayarit. (fuente: Diario de los Debates, II, pp. 719-720).

La promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 5 de febrero de 1917, es un acto y una fecha definitiva para el nacimiento de Nayarit, por ello es su fuente formal inmediata más importante.

 Al interior de la entidad recién creada, mediante la circular número 1 fechada el 24 de abril de 1917, suscrita por el gobernador y comandante militar del estado, general brigadier Jesús M. Ferreira y Francisco Ramírez Villareal, en su calidad de secretario general de gobierno, se informa haber sido designado por Venustiano Carranza, primer jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, para ocupar el cargo de gobernador y comandante militar del estado de Nayarit, previa entrega que con las formalidades de ley hiciera el general brigadier Juan Torres S., quien se desempeñaba en el cargo de jefe político del territorio de Tepic.

 Con esa misma fecha, se levanta acta de entrega-recepción que suscribe Juan S. Torres, en su carácter de jefe político del extinto Territorio de Tepic y el general brigadier Jesús M. Ferreira, gobernador del estado y comandante militar. El texto completo del acta es el siguiente:

 ACTA DEL TRASLADO DE PODERES PROVISIONALES.

 “En la ciudad de Tepic, capital del Territorio del mismo nombre, elevado a la categoría de Estado Libre, Soberano e Independiente por el Congreso Constituyente de 1917, y cuyo carácter tendrá desde el día primero de mayo entrante, siendo las once de la mañana del día veinticuatro de abril del mismo año de 1917, y presentes en el Departamento que ocupan las oficinas de la Jefatura Política del extinto Territorio, los señores General Brigadier, Jesús M. Ferreira, nombrado recientemente por el C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, Don Venustiano Carranza, Gobernador del Estado de Nayarit, y el de igual grado C. Juan Torres S., que desempeñaba por designación del propio mandatario el cargo de Jefe Político del Territorio, el primero exhibió ante el segundo un documento que a la letra dice: “Estados Unidos Mexicanos.- El Escudo Nacional.- En atención al mérito, virtudes cívicas y demás cualidades que en usted concurren, esta Primera Jefatura ha tenido a bien nombrarlo Gobernador del Estado de Nayarit... Lo comunico a usted para su satisfacción y a fin de que pase desde luego a tomar posesión del cargo expresado”.  Palacio Nacional, México, D. F. marzo 17 de 1917. V. Carranza.” Rúbrica (y otras firmas).

 En tal virtud el C. General Torres procedió a hacer entrega con las formalidades de ley de la Jefatura Política del Territorio con todas sus dependencias y anexidades, y de acuerdo con los inventarios que en pliego separado se agregan a la presenta acta, dándose por recibido el C. General Ferreira, quien desde luego asume el cargo de gobernador que le ha sido conferido. Terminada la entrega se levantó para constancia la presente acta por triplicado, estando conformes con su contenido los que las suscriben, previa lectura que se le dio.       Juan Torres S., rúbrica. N. Lomelí, rúbrica.

 Más tarde, aparece el Manifiesto al Pueblo de Nayarit emitido por el general brigadier Jesús M. Ferreira, en su carácter de gobernador, suscrito el 26 de abril de 1917, mediante el cual se excita a los habitantes:

 "Para que depongan ese culpable indiferentismo con que hasta la fecha han visto sus propios intereses y que ha dado como resultado la imposición en los altos puestos de su administración durante las épocas normales de elementos enteramente extraños, ajenos a todo sentimiento de simpatía por sus gobernados y que no han perseguido otros fines que los de conservar al pueblo en la ignorancia y la miseria para dominarlo fácilmente en su provecho personal y en la media docena de activistas privilegiados".

 Así, del mes de marzo al 1 de mayo de 1917, el Gral. Ferreira cuidó el cumplimiento de lo necesario para cumplir con la disposición constitucional. Y llegó la gran fecha, el 1 de mayo se protocolizó el acto solemne y se firmó el acta correspondiente. El texto del acta constitutiva se reproduce a continuación.


 ACTA CONSTITUTIVA DEL ESTADO DE NAYARIT.

 En el antiguo Teatro Calderón de Tepic se firmó el Acta Constitutiva del Estado Libre y Soberano de Nayarit, el 1 de mayo de 1917.

 “En la ciudad de Tepic, Capital el Estado Libre y Soberano de Nayarit, a primero de mayo de mil novecientos diecisiete, ante el pueblo nayarita reunido en este Recinto del Teatro Calderón y con asistencia de los miembros del H. Ayuntamiento local, yo Jesús M. Ferreira, General Brigadier, Gobernador y Comandante Militar de esta entidad, declaro solemnemente que, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 43 y 47 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expedida el 31 de enero de 1917 y promulgada el 5 de febrero de 1917, desde esta fecha el extinto Territorio de Tepic, asume el carácter de Estado Libre y Soberano y entra en el ejercicio de los derechos generales que la propia Constitución le confiere.

 Y en memoria de tan significativo suceso y en señal de conformidad con el nuevo orden de cosas establecido en esta entidad por cuyo sostenimiento protestamos velar celosamente, se levanta por triplicado la presente acta, que firman los que intervinieron en el acto”.

El Gobernador, Comandante Militar del Estado, General Brigadier J. M. Ferreira .- El Presidente Municipal, F. Anguiano.- F. Ramírez Villarreal.- Juan M. del Campo.- R. F. Uribe.- Juan Ramón Uribe.- J. E. Bávara.- Jerónimo Meza.- Y más firmas.

 De esta manera, el 1° de mayo quedó formalmente creado el Estado Libre y Soberano de Nayarit.


La foto fue publicada en la edición extraordinaria de el Diario El Nayar, en noviembre de 1960. Ahí aparecen, sentados de izquierda a derecha: Miguel C. Madrigal, por el distrito de Amatlán de Cañas; Francisco R. Pérez por San Blas; Pedro Retes Zepeda, por el distrito de Tepic; Marcos Esmerio por Bellavista, Puga y La Escondida; Francisco N. Arroyo por Ahuacatlán. En la fila de atrás y de pie, en el mismo orden: Matías López Urbina, por el distrito de Xalisco; Fidencio Estrada por Mexcaltitán; Alfredo Robles por Compostela; Miguel R. Guzmán, de Santiago Ixcuintla; el nacido en Tepic, pero avecindado en Acaponeta José Aguiar Béjar, representando al distrito de Huajicori. Enseguida el ya nombrado Antonio P. Monroy diputado de Xala y enseguida el acaponetense Federico Ramón Corona, representando a este distrito. Le siguen Trinidad Solano de Ixtlán del Río; José María Ledón por Tuxpan y Emilio Pérez, suplente de Francisco Amézquita del distrito de Santa María del Oro.


ELECCIONES DE DIPUTADOS LOCALES COMO PRIMERA LEGISLATURA.

 Una vez creado el Estado de Nayarit y antes de elegir al primer gobernador era indispensable contar con el Poder Legislativo, lo inmediato posterior al nacimiento de Nayarit fue la elección de los diputados que integrarían la primera Cámara de Diputados local, es decir, la Primera Legislatura.

 La fuente inmediata por excelencia es la convocatoria a elecciones del 22 de septiembre de 1917, emitida por el gobernador Ferreira para elegir a los primeros diputados al Congreso y al primer gobernador del estado, establecido el día de la elección para el 24 de noviembre del mismo año.

 ¿Quiénes integraron el Poder Legislativo en el recién creado Estado de Nayarit?

 INTEGRANTES DE LA PRIMERA CÁMARA DE DIPUTADOS

Dip. Manuel Madrigal

Dip. Francisco R. Pérez

Dip. Pablo Retes Zepeda

Dip. Marcos Esmeri

Dip. Francisco N. Arroyo

Dip. Matías López Urbina

Dip. Fidencio Estrada

Dip. Alfredo Robles

Dip. Manuel R. Guzmán

Dip. José Aguiar Béjar

Dip. Antonio de P. Monroy

Dip. Federico R. Corona

Dip. J. Trinidad Solano

Dip. José Ledón, y

Dip. Emilio Pérez.

 El presidente de la Cámara de Diputados fue José Trinidad Solano Núñez.

 La primera legislatura de Nayarit inició sus funciones, el 25 de diciembre de 1917 con la encomienda de calificar la elección de sus propios integrantes, así como la de gobernador, y terminó exitosamente esta tarea tres días después, por lo que comenzó a funcionar en la modalidad de Congreso Constituyente el 1° de enero de 1918.

 Consumando el proceso político que dio lugar, luego de celebrados los primeros comicios y calificadas las elecciones, tomó posesión el primer gobernador del Estado el 1° de enero de 1918, para que posteriormente después se llevará a cabo la promulgación de la Constitución Política del Estado de Nayarit, el 5 de febrero de 1918.